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Contrabando bajo nueva Ley

Nuevo régimen aduanero busca cerrar vacíos, fortalecer el control al contrabando y blindar el proceso con más garantías jurídicas.

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Nuevo régimen aduanero busca cerrar vacíos, fortalecer el control al contrabando y blindar el proceso con más garantías jurídicas.

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Por: General (r) Juan Carlos Buitrago

Próximamente entrará en vigencia un nuevo régimen sancionatorio aduanero que permitirá salvar 7 billones de pesos por procesos que cursan contra el contrabando. El proyecto, en su fase final, le apuesta a una mayor rigurosidad y agilidad, en la doble función de facilitar el comercio y controlar el contrabando.

Colombia pierde cerca de 8 billones de pesos al año por el contrabando, según cifras de la DIAN. Solo en 2025, la entidad registró aprehensiones por cerca de $90.000 millones, con textiles, calzado, alcohol y cigarrillos entre los sectores más golpeados. Para combatir ese fenómeno, el país acaba de dar un paso decisivo: el 10 de junio de 2026, el Congreso aprobó por unanimidad el nuevo régimen sancionatorio aduanero, la norma que define qué se sanciona, cómo y con cuánto en materia de comercio exterior. La ley, que reemplaza al Decreto 920 de 2023 declarado inconstitucional, espera la firma del presidente Gustavo Petro antes del 20 de junio para entrar en vigor. Lo que Colombia aprueba no es solo un trámite jurídico, es un paso estratégico para combatir el comercio ilegal en los próximos años.

La idea de fondo no es "ser más duro", sino reordenar un régimen con vacíos significativos bajo dos lógicas que conviven: cerrar huecos donde la norma anterior dejaba zonas grises, y mejorar donde generaba riesgo jurídico o vulneraba el debido proceso. A favor del control, las infracciones tipificadas pasan de 80 a 110, cerrando puertas que antes quedaban sin sanción explícita; se crean nuevas obligaciones para quienes operan sistemas de trazabilidad de carga; se habilita un mecanismo de alertas en zonas francas y puertos que permite marcar mercancía sospechosa antes de que salga; y los medios de transporte adaptados para ocultar mercancía ya no tienen permitida ninguna salida distinta a la aprehensión.

También se castiga con mayor severidad la reincidencia: cuatro sanciones gravísimas firmes en un año bastan para cancelar la habilitación de un usuario aduanero. En el otro extremo, el proyecto reduce las causales de aprehensión de 42 a 29 por considerarlas redundantes, baja la multa que sustituye el decomiso cuando la mercancía no se puede recuperar (de 200% a 150%, con tramos según el caso), elimina la suspensión provisional de habilitaciones que antes permitía frenar a un usuario antes de una sanción firme, y suprime el procedimiento abreviado para faltas leves que no le permitían al investigado presentar pruebas.

 

El Congreso cumplió su parte y se espera que el Ejecutivo sancione la norma antes del 20 de junio, como lo ordena la Corte Constitucional. De lo contrario, aplicará el principio de favorabilidad, obligando al archivo de procesos que suman 7 billones de pesos. Ese riesgo revela la apuesta estratégica del proyecto: un régimen con tipificación más clara y procedimientos blindados en garantías, más difícil de tumbar en los tribunales que uno severo, pero jurídicamente frágil. Sin embargo, las garantías procesales incorporadas -como la corrección de errores y el debido proceso- exigen aplicarse con criterios objetivos y trazabilidad, de manera que protejan al operador de buena fe sin abrir espacios para eludir el control aduanero.

Ningún régimen sancionatorio detiene el contrabando por sí solo. Las garantías procesales incorporadas son un avance legítimo, pero exigen aplicarse con criterios objetivos y trazabilidad, protegiendo al operador de buena fe sin abrir espacios a la elusión del control aduanero.

El verdadero reto es que la DIAN cuente con herramientas tecnológicas, personal especializado, controles basados en riesgo y mecanismos que enfrenten la corrupción crónica y la fragilidad institucional. Esta ley es el marco; la efectividad en su aplicación, el desafío real.