Nueva condena por corrupción en la justicia: condenas de 10 años a tres exmagistrados
Resumen
La Corte Suprema condenó a 10 años de cárcel a tres exmagistrados de Villavicencio por corrupción, otorgando beneficios indebidos a detenidos, incluyendo prisión domiciliaria a criminales conocidos, y desatendiendo el principio de legalidad en sus acciones.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a los exmagistrados del Tribunal de Villavicencio Fausto Rubén Díaz Rodríguez, Alcibíades Vargas Bautista y Joel Darío Trejos Londoño por adoptar decisiones contrarias a la ley para beneficiar a personas privadas de la libertad.
Díaz Rodríguez fue condenado por el delito de prevaricato por acción agravado a 10 años y seis meses de prisión, y Vargas Bautista y Trejos Londoño a 10 años de cárcel por el delito de cohecho propio. Además, fueron condenados a multas de 435 y 306 salarios mínimos legales, respectivamente, y a la inhabilitación intemporal para el ejercicio de derechos y funciones públicas.
La Sala concedió a los condenados la sustitución de la ejecución de la pena para que la cumplan en su lugar de residencia.
En el proceso hay documentados cuatro casos en los que los exmagistrados habrían incurrido en delitos favoreciendo a personas como Hernán Darío Giraldo alias Cesarín, jefe una red criminal en Medellín, con la prisión domiciliaria. En otro de los casos, se habría dilatado intencionalmente la decisión sobre la apelación de una condena con el fin de que se diera el vencimiento de términos y la posterior libertad de una persona privada de la libertad. “Puso en entredicho el principio de legalidad y la transparencia de la administración de justicia, elementos que conocía por su amplia experiencia laboral porque previo a ser nombrado como magistrado ejerció de juez, lo cual le permitió adquirir experiencia en el manejo de acciones de tutela y procesos penales”, señaló la Sala frente a las actuaciones de Trejos Londoño.
Y añadió: “La comisión de los delitos de prevaricato por acción y cohecho propio denotan la gravedad en su comportamiento, dadas las expectativas sociales en el desempeño de la función ya que su comportamiento puso en duda la integridad y moralidad con la que se debe ejercer la judicatura”.
Igualmente los magistrados señalaron que se evidencia la mayor gravedad de la conducta porque al momento de su comisión el doctor Díaz Rodríguez era el ponente, circunstancia que le permitió conocer de primera mano la actuación procesal, sumado a que favoreció a dos condenados, protegiendo sus intereses mezquinos, beneficiándolos en la apelación de la revocatoria de la prisión domiciliaria y en el fallo de tutela, pasando por alto el acervo probatorio y requisitos elementales como los principios de limitación en la alzada y el de subsidiariedad”.