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Mediante inversiones, juez ordena frenar tragedia anunciada en Girón

Un fallo judicial obliga al Municipio de Girón a intervenir de urgencia en Marianela por el alto riesgo de deslizamiento que amenaza a varias familias.

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Los habitantes del barrio Marianela en Girón llevan años advirtiendo sobre el riesgo de un deslizamiento. Ahora un fallo judicial obliga al Municipio de Girón a intervenir antes de que el invierno convierta las advertencias en un verdadero desastre natural con graves consecuencias humanas.

 

Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE

Durante años, los habitantes del barrio Marianela, en Girón, han vivido con una sensación permanente de incertidumbre. Cada aguacero, cada noche de lluvia intensa y cada nuevo desprendimiento de tierra han alimentado un temor que se ha vuelto parte de la cotidianidad de decenas de familias asentadas al pie de una montaña cuya estabilidad viene siendo cuestionada por la propia comunidad desde hace varios años. Ese llamado ciudadano finalmente encontró eco en la justicia.

El Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga, mediante decisión adoptada el primero de junio de 2026, decretó una medida cautelar dentro de una acción popular presentada por el ciudadano Haroldo Antonio Linero Pérez y ordenó al Municipio de Girón adoptar medidas urgentes para identificar, evaluar y mitigar los riesgos existentes en la ladera que amenaza a la parte baja del barrio Marianela.

La decisión representa una importante victoria para una comunidad que venía insistiendo en que la prevención debía llegar antes que la tragedia. Más que un simple trámite judicial, el fallo constituye el reconocimiento institucional de una preocupación que durante años fue expresada por líderes comunales, residentes, medios de comunicación y ciudadanos que observaban cómo el terreno continuaba deteriorándose mientras las soluciones definitivas permanecían pendientes.

La acción popular fue promovida con el propósito de proteger derechos colectivos relacionados con la seguridad pública, la prevención de desastres técnicamente previsibles, la salubridad, la protección del patrimonio público y el acceso a infraestructura adecuada para garantizar condiciones seguras de habitabilidad.

En la demanda se expuso que las obras de mitigación iniciadas años atrás quedaron inconclusas. Particularmente se cuestionó la construcción parcial de un muro de contención que fue concebido para estabilizar la montaña y proteger a las viviendas ubicadas en la zona de influencia del talud.

Según la acción judicial, los trabajos adelantados no cubrieron la totalidad de la ladera y, además, la estructura existente presenta grietas y deficiencias que generan dudas sobre su capacidad real para contener un eventual movimiento de tierra.

La preocupación se incrementó durante los últimos meses debido a las fuertes lluvias que han afectado a la región y que, según los habitantes, han acelerado el deterioro del terreno.

Precisamente, uno de los aspectos más significativos de la providencia es que el juzgado valoró las denuncias realizadas por la ciudadanía y respaldadas por distintos medios de comunicación regionales.

El despacho analizó publicaciones periodísticas en las que residentes de Marianela relataron cómo la montaña pierde estabilidad cada vez que llueve, provocando desprendimientos de tierra, barro, rocas y material vegetal que terminan afectando las viviendas ubicadas en la parte baja del sector.

Los testimonios recogidos en esos reportes describen un panorama preocupante: grietas en paredes, daños por humedad, deterioro de techos, afectaciones en vías internas y hasta infraestructura pública comprometida por los movimientos del terreno.

Uno de los relatos citados por el despacho corresponde al de una residente que aseguró que la intervención realizada sobre la montaña consistió apenas en una capa de concreto que con el paso del tiempo se ha venido desprendiendo, dejando nuevamente expuesto el talud a la acción permanente de las lluvias. Detrás de esas denuncias existe una realidad humana que fue tenida en cuenta por el juzgado.

Debajo de la montaña viven familias enteras, adultos mayores, niños y personas que observan cómo la amenaza crece cada temporada invernal. El temor de la comunidad no está fundamentado en hipótesis abstractas. Los residentes aseguran que han sido testigos de desprendimientos continuos y que los efectos de la erosión son visibles a simple vista.

Por ello, el juez concluyó que existe evidencia suficiente para considerar que la situación amerita medidas preventivas urgentes. Inicialmente, la administración municipal se opuso a la solicitud cautelar argumentando que no existían pruebas suficientes para demostrar una vulneración actual o inminente de los derechos colectivos invocados y sostuvo que las pretensiones buscaban anticipar una decisión de fondo sin el respaldo probatorio requerido.

Sin embargo, el despacho judicial llegó a una conclusión diferente. Tras analizar las pruebas aportadas, los derechos de petición elevados por la comunidad, las respuestas institucionales y las publicaciones periodísticas allegadas al expediente, el juzgado consideró acreditada la existencia de un riesgo que podría agravarse con la temporada de lluvias y comprometer la integridad física de los habitantes.

La decisión enfatiza que las medidas cautelares precisamente buscan actuar antes de que ocurra el daño. En otras palabras, la finalidad de la intervención judicial no es reaccionar frente a una tragedia consumada, sino impedir que esta llegue a producirse.

El despacho encontró que los requisitos legales establecidos en la Ley 472 de 1998 para la protección de derechos colectivos sí se encuentran presentes en este caso, particularmente por la posibilidad de que se materialice un daño contingente derivado de eventuales deslizamientos.

Como consecuencia de ello, ordenó al Municipio de Girón elaborar en un plazo de diez días un informe técnico preliminar que permita identificar los riesgos existentes, establecer el nivel de amenaza y determinar cuáles son las medidas necesarias para estabilizar el sector y proteger a la población.

Posteriormente, la administración deberá adelantar las acciones administrativas correspondientes para implementar medidas temporales de mitigación y reducción del riesgo, con el fin de disminuir la amenaza mientras se adoptan soluciones de mayor alcance.

La decisión judicial adquiere una relevancia especial porque reconoce que la prevención de desastres es una obligación del Estado y que las advertencias de las comunidades deben ser escuchadas antes de que los fenómenos naturales produzcan consecuencias irreparables.

La decisión no resuelve de manera definitiva el problema estructural de la montaña ni garantiza por sí sola la ejecución de las obras que reclama la comunidad. Sin embargo, constituye un paso trascendental porque obliga a las autoridades a actuar, evaluar técnicamente el riesgo y adoptar medidas concretas para proteger a las familias que hoy viven bajo la sombra de una amenaza que consideran cada vez más cercana.