La batalla jurídica que estalló en Santander por el predial: se disparó hasta un 300%

Resumen

En Santander, la actualización catastral del IGAC provocó alzas del predial de hasta 300% y una demanda ante el Consejo de Estado para frenar sus efectos.

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La batalla jurídica que estalló en Santander por el predial: se disparó hasta un 300%

 

En Santander el impuesto predial se convirtió de un día para otro en una verdadera tormenta para los contribuyentes. Lo que comenzó como una actualización catastral ordenada desde el nivel nacional terminó, según denuncias que ya escalaron al Congreso de la República, en un golpe fiscal que muchos califican como desproporcionado, abrupto y, sobre todo, injustificado.

 

Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE

 

La chispa que encendió la indignación fue la expedición de la Resolución 2057 de 2025 por parte del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), publicada el 30 de diciembre, justo cuando el país entraba en la pausa de fin de año. Sin mayor debate público ni socialización previa en los territorios, la norma empezó a regir de inmediato, impactando el valor de los avalúos catastrales en cientos de municipios, incluidos varios de Santander.

El resultado fue una sacudida fiscal que, según los denunciantes, llevó a incrementos del impuesto predial de hasta un 300% en algunos casos, mientras que el valor de los predios, base de múltiples cargas tributarias, se disparó a niveles nunca antes vistos.

El malestar no tardó en escalar desde las veredas hasta los recintos del poder. El representante a la Cámara por Santander Óscar Leonardo Villamizar, junto al representante electo por el mismo departamento, Jonathan Pineda López, decidió llevar el caso ante el Consejo de Estado mediante una acción de nulidad simple, en una demanda en la que no solo piden tumbar la resolución, sino también suspender de inmediato sus efectos, en lo que consideran una medida urgente para frenar un daño económico que ya se siente en los bolsillos de miles de propietarios rurales y urbanos.

El corazón del reclamo late en una acusación de fondo: que la actualización catastral terminó operando como una “reforma tributaria escondida”. Según el documento radicado, aunque el IGAC tiene la facultad de ajustar los avalúos para corregir rezagos históricos, lo ocurrido habría desbordado esa competencia.

El argumento es: al elevar de forma súbita y masiva el valor de los predios, se alteran automáticamente múltiples obligaciones fiscales, desde el impuesto predial hasta la renta, el patrimonio y las ganancias ocasionales, sin que haya mediado una ley aprobada por el Congreso.

En otras palabras, lo que debía ser una herramienta técnica para actualizar la información del territorio habría mutado en un mecanismo con efectos fiscales profundos, sin el debate democrático que exige la Constitución. La denuncia insiste en que la medida no solo desconoce la reserva de ley en materia tributaria, sino que también vulnera principios como la equidad, la progresividad y la certeza jurídica, pilares fundamentales del sistema fiscal colombiano.

En los municipios santandereanos, para muchos campesinos, el valor del predio no se mide en cifras de mercado sino en cosechas, tradición y arraigo. Sin embargo, con los nuevos avalúos, esos mismos terrenos ahora figuran en los registros oficiales con valores que multiplican varias veces su precio anterior, arrastrando consigo una carga tributaria que, en palabras de los afectados, resulta imposible de sostener.

La preocupación no es solo el presente, sino el efecto dominó que puede desatarse. Un predio que pasa de valer 200 millones a superar los mil millones no solo paga más predial. También cambia su perfil frente a la DIAN, incrementa el impuesto de renta, eleva el costo de una eventual venta y modifica incluso las cuantías en procesos judiciales. Es una cadena de consecuencias que, según la demanda, el IGAC no evaluó ni explicó en la motivación de la resolución.

El instituto, por su parte, ha intentado desmarcarse del impacto directo en el bolsillo de los ciudadanos, señalando que el impuesto predial depende de las tarifas fijadas por los concejos municipales. Pero los críticos consideran que esa explicación es apenas una pieza del rompecabezas. El avalúo catastral es la base sobre la cual se construyen múltiples obligaciones fiscales, y alterarlo de forma drástica equivale, en la práctica, a mover todo el andamiaje tributario.

En el trasfondo, también se abre un debate sobre la forma en que se ejecutó la política pública. La Ley 2294 de 2023, que sirvió de fundamento para la actualización, hablaba de corregir rezagos catastrales mediante metodologías que garantizaran progresividad y evitaran impactos desproporcionados. Sin embargo, los demandantes sostienen que la resolución omitió explicar cómo se aplicaron esos criterios y por qué los incrementos se dieron de manera tan abrupta.

El detalle de la fecha tampoco pasa desapercibido. Publicar la resolución el 30 de diciembre, con efectos inmediatos para el año fiscal siguiente, dejó a los contribuyentes sin margen de reacción. Muchos se enteraron del cambio cuando recibieron la factura del predial, un hecho que, según la acción judicial, vulnera el derecho a la defensa y el principio de certeza tributaria.

Mientras el Consejo de Estado estudia la solicitud de suspensión provisional, en Santander la discusión ya está en las calles, en los concejos municipales y en las fincas donde los números no cuadran. La pregunta que flota en el aire es si el catastro, pensado como una herramienta de ordenamiento y equidad, terminó convirtiéndose en un martillo fiscal que golpea con más fuerza a quienes menos capacidad tienen de resistirlo.

Lo que está en juego no es solo una resolución administrativa, sino el delicado equilibrio entre la necesidad del Estado de actualizar su información territorial y el derecho de los ciudadanos a no ser sorprendidos por cargas tributarias que, de la noche a la mañana, cambian las reglas del juego. En Santander, ese equilibrio parece haberse roto, y ahora será la justicia la que tenga la última palabra.

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