Iglesias deberán tributar por actividades lucrativas
Resumen
El Decreto 0572 de 2025 impone a las iglesias en Colombia tributar por actividades económicas, como alquileres y ventas, excluyendo actividades espirituales. Esto busca equidad fiscal y genera debate sobre su constitucionalidad y su impacto financiero.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)En un giro significativo al régimen fiscal colombiano, el Decreto 0572 de 2025 emitido por el Ministerio de Hacienda establece que las iglesias y organizaciones religiosas deberán tributar por las actividades económicas que desarrollen al margen de su labor espiritual. Esta medida busca ampliar la base tributaria y aumentar el recaudo fiscal, en el marco de la reforma tributaria que será discutida en el segundo semestre del año.
El ministro Germán Ávila ha asegurado que la disposición no pretende vulnerar la libertad de culto ni la autonomía religiosa, sino promover la equidad fiscal entre todas las entidades que generan ingresos. De acuerdo con el Gobierno, seguirán exentas de impuestos las actividades estrictamente espirituales, como misas, rituales y servicios de asistencia religiosa. No obstante, el decreto contempla el cobro de tributos sobre actividades como el alquiler de bienes, la operación de colegios o universidades privadas, la venta de productos religiosos, los retiros espirituales con costo, e incluso las transmisiones monetizadas por plataformas digitales.
Uno de los puntos más polémicos del decreto es la creación de una retención en la fuente sobre los llamados “emolumentos eclesiásticos”, es decir, compensaciones en dinero o especie otorgadas a los ministros de culto. Christian Junot Quiñonez Cortés, exsubdirector de la Dian, sostiene que esta medida podría ser inconstitucional, ya que equivale a crear un nuevo impuesto sin intervención del Congreso, lo que violaría el principio de legalidad tributaria.
El artículo 1.2.4.10.10 del decreto 1625 de 2016 ya definía estos emolumentos, pero nunca antes habían sido objeto de retención tributaria. Según expertos, esta nueva carga podría representar una extralimitación por parte del Ejecutivo.
Mientras el Gobierno defiende la medida como necesaria para lograr un sistema más justo, críticos alertan sobre su impacto en la sostenibilidad financiera de muchas organizaciones religiosas y su posible inconstitucionalidad. La reforma tributaria que incluirá esta disposición promete agitar el debate legislativo y jurídico en los próximos meses.