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ESE de Santander tendrán que ajustarse a nuevo modelo de contratación por orden de MinSalud

El Ministerio de Salud de Colombia actualizó las directrices para procesos de contratación de las Empresas Sociales del Estado en Santander, enfocándose en transparencia y participación de oferentes. Se exigirá uso del módulo SECOP II y justificación de anticipos.

ESE de Santander tendrán que ajustarse a nuevo modelo de contratación por orden de MinSalud
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El Ministerio de Salud de Colombia actualizó las directrices para procesos de contratación de las Empresas Sociales del Estado en Santander, enfocándose en transparencia y participación de oferentes. Se exigirá uso del módulo SECOP II y justificación de anticipos.

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El Ministerio de Salud y Protección Social, realizó la expedición de la Resolución 1440 de 2024, la cual actualizó la Resolución 5185 del 2013, "por medio de la cual se fijan los lineamientos para que las Empresas Sociales del Estado del departamento de Santander adopten el estatuto de contratación que regirá su actividad contractual", con el objetivo de fortalecer la transparencia de los procesos de contratación de las Empresas Sociales del Estado.

La actualización se centra en dos aspectos clave para garantizar la transparencia y fomentar la participación de una amplia variedad de oferentes en los procesos de selección de las ESE:

· Uso obligatorio del módulo de régimen especial en SECOP II: Las propuestas deberán presentarse digitalmente a través del módulo de régimen especial en la plataforma SECOP II. Esta medida asegura la integridad y seguridad de la información, previniendo la manipulación de las propuestas.

· Justificación de anticipos y pagos anticipados: Se requiere justificar detalladamente, tanto técnica como financieramente, la necesidad de anticipos y pagos anticipados. Además, esta justificación debe ser presentada al Ministerio de Salud y Protección Social para su autorización. En caso de aprobación, el anticipo no podrá superar el 15% del valor total del contrato suscrito.

Lo anterior, en uso de la disposición legal dispuesta en el Artículo 76 de la Ley 1438 de 2011, 'Eficiencia y transparencia en contratación, adquisiciones y compras de las