Declaración de renta 2026: quienes compraron un vehículo híbrido pueden acceder a una deducción de hasta 50%
Quienes compraron un vehículo híbrido nuevo en 2025 pueden deducir hasta el 50% de la inversión en su declaración de renta, con tope anual y requisitos de la Dian.
Quienes compraron un vehículo híbrido nuevo en 2025 pueden deducir hasta el 50% de la inversión en su declaración de renta, con tope anual y requisitos de la Dian.
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El contexto histórico y los antecedentes serán generados a partir del archivo periodístico de El Frente.
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Los colombianos que adquirieron un vehículo híbrido nuevo durante 2025 pueden acceder a importantes beneficios tributarios al momento de presentar su declaración de renta correspondiente al año gravable 2025. La medida permite deducir hasta el 50% del valor de la inversión, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
El beneficio aplica para personas naturales que sean los primeros propietarios del vehículo y también contempla las adquisiciones realizadas mediante leasing financiero con opción irrevocable de compra. El valor permitido puede registrarse en la cédula general del Formulario 210, dentro de la casilla correspondiente a otras deducciones imputables.
Una deducción que puede distribuirse en varios años
La Dian precisó que el beneficio tiene límites. Aunque el contribuyente puede deducir hasta la mitad del valor de la inversión, la deducción puede distribuirse durante un periodo de hasta 15 años, sin superar el tope establecido para cada año fiscal.
Para 2026, el límite anual corresponde a 1.349 UVT, equivalentes aproximadamente a 70,2 millones de pesos. Esto significa que una persona con una inversión suficientemente alta no necesariamente podrá utilizar toda la deducción en una sola declaración.
El incentivo está sujeto, además, a que el vehículo sea nuevo y a que quien solicite el beneficio sea su primer propietario. Estos requisitos deben estar respaldados por la documentación correspondiente.
También existe un beneficio en el IVA
Los vehículos híbridos que cumplen las condiciones establecidas por la normativa pueden acceder a una tarifa de IVA del 5%, frente al 19% de la tarifa general.
En caso de que el comprador haya pagado por error el IVA completo, puede solicitar la devolución del excedente bajo la figura de “pago de lo no debido”. La Dian establece un plazo de hasta cinco años desde la expedición de la factura para realizar la reclamación.
Sin embargo, el trámite solo procede cuando el contribuyente cumple los requisitos para la tarifa preferencial y el valor solicitado no fue utilizado previamente como costo, deducción en renta o impuesto descontable.
Requisitos para acceder al beneficio
Los incentivos aplican exclusivamente a vehículos híbridos homologados bajo los estándares HEV y PHEV. Para acreditar que el automotor cumple las condiciones técnicas exigidas, el propietario debe contar con la certificación expedida por la Unidad de Planeación Minero Energética (Upme).
El certificado debe coincidir con los datos de la persona que aparece en la factura de venta. Entre los documentos necesarios también se encuentra la factura electrónica.
Los contribuyentes que no están obligados a llevar contabilidad deben presentar, además, una relación detallada de las facturas y una declaración juramentada sobre el IVA reclamado.
Un ejemplo de ahorro tributario
Para dimensionar el beneficio, un vehículo híbrido o eléctrico cuyo valor antes de IVA sea de 100 millones de pesos podría generar un ahorro inmediato de aproximadamente 14 millones de pesos por la tarifa reducida de IVA. Además, el propietario podría deducir hasta 50 millones de pesos del valor de la inversión en su declaración de renta, sujeto a los límites anuales establecidos.
Los beneficios buscan incentivar la adquisición de tecnologías de movilidad con menores emisiones y reducir los costos asociados a su compra y utilización.
Mientras avanza el calendario de declaración de renta para personas naturales, los contribuyentes deben revisar si cumplen las condiciones y contar con los documentos que acrediten la adquisición y las características del vehículo antes de incluir el beneficio en el Formulario 210.