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JEP negó ingreso de exmagistrado que intentó encubrir a oficiales militares autores de falsos positivos

JEP negó ingreso de exmagistrado que intentó encubrir a oficiales militares autores de falsos positivos

Resumen

La JEP rechazó la solicitud de Henry Villarraga Oliveros por no aportar verdad plena y negar patrones criminales en casos de 'falsos positivos', comprometido a favorecer al coronel (r) Robinson González del Río. La JEP lo remite a la Comisión de Acusación.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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by Camilo Silvera

 

 

 

La JEP rechazó la solicitud de sometimiento de Henry Villarraga Oliveros, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, por no aportar verdad plena, presentar argumentos exculpatorios y negar la existencia de patrones macrocriminales ampliamente demostrados en las investigaciones judiciales que se han adelantado en su contra.

Contra Villarraga Oliveros hay en curso varios procesos penales y disciplinarios por, presuntamente, prestar asesoría ilegal al coronel (r) Robinson González del Río en un caso de 'falsos positivos'.

Además, por presuntamente comprometerse a presentar una ponencia favorable para que al menos uno de los procesos en contra de González del Río fuera asignado a la Justicia Penal Militar, y así garantizar impunidad frente a graves crímenes de guerra y de lesa humanidad.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas determinó que, en el relato de Villarraga Oliveros, se evidencian omisiones importantes que no permiten esclarecen su rol en el encubrimiento de graves crímenes del conflicto.

En particular, el solicitante no brindó información que permitiera revelar con claridad algún tipo de patrón criminal encaminado a encubrir o cubrir con impunidad crímenes relacionados con ejecuciones extrajudiciales u otros actos delictivos en los que hubieren participado miembros de la fuerza pública.

Así las cosas, Villarraga incumplió los requisitos que le exige el régimen de condicionalidad para acceder a los tratamientos especiales y beneficios de la JEP, siendo la aceptación del sometimiento el primero de ellos. Además, la sala concluyó que la etapa de análisis de solicitud de sometimiento no es el espacio para reproducir debates propios de la justicia ordinaria, como lo pretendía el exmagistrado Villarraga.

La subsala de la Sala de Definición a cargo de esta decisión puso de presente que resultaría un desgaste injustificado del aparato de justicia transicional requerir, nuevamente, al solicitante para que realizara un aporte de verdad que superara el umbral de lo esclarecido en la jurisdicción ordinaria, más aún, teniendo en cuenta las múltiples oportunidades que tuvo para ello.

Villarraga se limitó, de manera reiterada, a suministrar argumentos justificativos sobre la creación de una tesis jurídica que privilegiaba la remisión de casos a la Justicia Penal Militar por considerarla “más especializada”; y señaló supuestos sesgos ideológicos de la Fiscalía General de la Nación.

Villarraga también argumentó que, en su criterio, existía una “guerra jurídica” en contra de los miembros de la fuerza pública por hechos relacionados con el conflicto armado.

Por esta razón, la JEP no solo rechaza la solicitud de sometimiento de Villarraga, sino también cualquier tipo de discurso estigmatizante y desobligante con las víctimas, la sociedad y con algunas instituciones estatales, como la Fiscalía.

El expediente de Villarraga Oliveros fue remitido a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, toda vez que en esa instancia se adelantaba un proceso disciplinario en su contra, en etapa de acusación; y un proceso penal, cuya apertura quedó sin efectos.

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por Camilo Silvera

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