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Demanda de nulidad simple contra elección atípica de Bucaramanga

Demanda de nulidad simple contra elección atípica de Bucaramanga

Resumen

Luis Eduardo de la Hoz impulsa tres acciones legales contra la elección atípica de Bucaramanga: anulación del decreto electoral, queja disciplinaria contra la jueza involucrada y invalidación del candidato Cristian Portilla por irregularidades. #Elecciones

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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by Danilo Pérez

Futuro del sucesor en la Alcaldía está contrarreloj en manos de los jueces

La parte demandante también interpuso una queja disciplinaria contra la Juez Quinta y rechaza la inscripción del candidato Cristian Portilla, con lo cual se causó una fuerte sacudida a la elección atípica de Bucaramanga

Un extenso escrito jurídico radicado por el Abogado Luis Eduardo de la Hoz (foto), Director Nacional para la Contratación Pública de la  Asociación Red Vigía Red Vigila, abrió tres frentes simultáneos contra la convocatoria de las elecciones atípicas de Bucaramanga.

Por  un lado, está una demanda de nulidad simple contra el Decreto y la Resolución que fijaron la jornada del 14 de diciembre, luego una queja disciplinaria contra la Juez Quinta Administrativa Oral por presunta extralimitación de funciones y cierra la solicitud de anular la inscripción del candidato de Jaime Andrés Beltrán, Cristian Portilla.

En dialogo con Diario EL FRENTE, el Abogado Luis Eduardo de la Hoz señaló que en el documento plantea que “el proceso electoral vulneró principios constitucionales, redujo garantías para candidatos y electores y se ejecutó con actuaciones administrativas y judiciales contrarias a la ley, además de los tiempos no permiten garantías para nadie”.

Bases de la demanda

Son ocho causales  las expuesta por el Abogado Luis Eduardo de la Hoz para demandar el Decreto 533 del 14 de octubre de 2025, que convocó a elecciones atípicas en Bucaramanga, Santander, y contra la Resolución 13206 expedida el mismo día, que fijó el calendario electoral para el 14 de diciembre.

Según De la Hoz, “ambas normas infringieron la Constitución al afectar de manera grave el derecho de participación política, la igualdad en la contienda y el debido proceso administrativo electoral”.

El Abogado sostuvo que la fecha establecida recortó de forma desproporcionada los plazos para que partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos pudieran inscribir o sustituir candidatos, recolectar firmas válidas o cumplir los requisitos mínimos del proceso. Agregó que “los tiempos reducidos golpearon tanto a aspirantes consolidados como a candidatos emergentes, pues la campaña quedó sin margen real para ofrecer propuestas, realizar pedagogía, difundir publicidad o participar en debates”.

Transparencia debilitada

Afirmó que “esta limitación impactó directamente la libertad de expresión política y el derecho de los votantes a recibir información suficiente antes de acudir a las urnas y la publicación tardía de listas de candidatos, designación de jurados y demás intervinientes debilitó la transparencia, generó sospechas de irregularidades y restringió la posibilidad de ejercer controles ciudadanos”.

De la Hoz también señaló violaciones al derecho a la defensa y contradicción, pues los tres a cinco días otorgados para revocatorias, modificaciones o reclamaciones resultaron insuficientes.

Bajo esa premisa, pide declarar la nulidad tanto del decreto como de la resolución, y argumenta que la caída del primero generaría la pérdida de ejecutoriedad inmediata del segundo debido a la desaparición de sus fundamentos jurídicos.

Queja disciplinaria en contra de  

Juez Quinta Administrativa Oral

El segundo eje de la acción se dirige contra la Jueza Quinta Administrativa Oral de Bucaramanga, Andrea Catalina Serrano Arenas. De la Hoz radicó una queja disciplinaria en su contra al considerar que la funcionaria incurrió en la conducta descrita en el artículo 50 del Código Único Disciplinario por extralimitación de funciones dentro de un proceso de acción popular.

El Abogado argumenta que, mediante un auto que ordenó una medida cautelar, la Jueza habría emitido un exhorto dirigido al alcalde de Bucaramanga para efectos relacionados con la convocatoria electoral.

De la Hoz sostiene que la Ley 996 de 2005, conocida como Ley de Garantías Electorales, no faculta a ningún Juez de la República, menos a los de la jurisdicción contencioso administrativo, para realizar actos de vigilancia preventiva o emitir exhortos sobre procesos electorales atípicos.

Añade que “tales procesos se rigen por reglas especiales, pues ocurren fuera del calendario ordinario, y que los jueces no pueden intervenir mediante advertencias o recomendaciones dirigidas a autoridades administrativas mientras se evalúan medidas cautelares”.

El jurista asegura que “esta intervención quebrantó la separación de competencias y produjo interferencias indebidas en una decisión de naturaleza electoral”.

Con base en estos argumentos, solicita que la Procuraduría investigue disciplinariamente a la jueza por presunta extralimitación funcional, y señala que los hechos ya fueron puestos en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación.

Petición de invalidación de la

inscripción de Cristian Portilla

El tercer componente de los procesos adelantados por De la Hoz se centra en la inscripción del candidato Cristian Portilla, la cual pide anular por considerar que “hubo irregularidades sustanciales en el trámite. Según el abogado, Portilla y la Registraduría habrían esperado hasta pocos minutos antes de la medianoche para formalizar la inscripción, pese a que desde las 5:50 de la tarde se conocía la caída del aval otorgado por Cambio Radical”.

Luis Eduardo De la Hoz indicó que Portilla “presentó renuncia a su aspiración y que luego intentó retomar la candidatura bajo el argumento de que no había enviado la carta de renuncia, aun cuando el documento era de conocimiento público y constaba en registros judiciales. Esta situación vulneró la transparencia del proceso y colocó a otros aspirantes a la Alcaldía en desventaja”.

El Abogado sostiene que la inscripción debería invalidarse por inconsistencias en los tiempos, falta de claridad en la actuación del partido y decisiones adoptadas pese a la pérdida de respaldo político inicial. Aseguró, además que “la Registraduría actuó sin rigor en la verificación del cumplimiento estricto de los requisitos”.

Con estos tres frentes -nulidad de la convocatoria y del calendario electoral, queja disciplinaria contra la juez que intervino en un proceso paralelo y solicitud de anular la inscripción de Cristian Portilla- el escenario jurídico de las elecciones atípicas de Bucaramanga queda bajo una tensión inédita y contra el tiempo en manos de los jueces.

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por Danilo Pérez

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