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Celebración anticipada de Petro a una victoria judicial que no existió: juez no ordenó votar la Consulta Popular

Celebración anticipada de Petro a una victoria judicial que no existió: juez no ordenó votar la Consulta Popular

Resumen

Un fallo judicial sobre la Consulta Popular llevó a interpretaciones conflictivas. Aunque el juez solo amparó los derechos de la senadora Pizarro sin ordenar repetir la votación, Petro y sus aliados celebraron erróneamente, sin abordar la legalidad de las votaciones.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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by Camilo Silvera

 

Un pronunciamiento generado por el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Bogotá terminó generando interpretaciones muy distintas del fallo entre las dos orillas de la política colombiana y desatando una inmensa marejada de posiciones en la opinión pública. Por un lado, el petrismo asegura que el fallo ordena repetir la votación de la Consulta Popular; por el otro, aseguran que el pronunciamiento del juez hace referencia a una simple notificación que debía ser enviada desde la Presidencia del Senado a la accionante. ¿Quién tiene la razón?


Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE

La repuesta del juez del Circuito de Bogotá se encuentra enmarcada en una acción de tutela interpuesta por la senadora María José Pizarro, quien tuteló a la presidencia del Senado de la República, en cabeza de Efraín Cepeda, ante la ausencia de respuesta a un derecho de petición, también interpuesto por la senadora del Pacto Histórico, mediante la cual se requería la expedición de las actas finales de la votación, las cuales no se firmaron ni se expidieron el día de la polémica votación de la Consulta Popular.

En su decisión, el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Bogotá señaló en su artículo segundo: "Amparar el derecho fundamental al debido proceso del que es titular la senadora María José Pizarro y, en consecuencia, se ordena al presidente del Senado, doctor Efraín Cepeda Sarabia, que en el término de 48 horas siguientes a la notificación de esta providencia, resuelva el recurso interpuesto por la senadora el día 14 de mayo del año 2025, relacionado con el cierre de la votación para la aprobación o no de una consulta popular propuesta por el Gobierno nacional."

 

No ordena nueva votación

A renglón seguido, el juez de tutela tiró las orejas al Presidente del Senado pues en su respuesta al derecho de petición contestó con eufemismos, o no de manera clara y concreta: “Para el despacho es claro que la respuesta aportada por la senadora María José Pizarro Rodríguez al recurso interpuesto por ella no estaba relacionada con el resultado de la votación sino con la decisión del presidente del Senado de cerrar el periodo de votación, que duró cuatro minutos, para aprobar o no una consulta popular propuesta por el Gobierno nacional, al tiempo que el senador Fabián Díaz Plata señaló que fue la senadora Pizarro quien formuló el recurso de alzada verbalmente y no él".

Efectivamente, el fallo termina amparando a la senadora del Pacto Histórico María José Pizarro, al determinar que no fue notificada formalmente sobre la respuesta al recurso de apelación que presentó contra el cierre de la votación del Senado.

Ahora, si bien la decisión emitida por la jueza Hilda María Saffon Botero pone en entredicho la validez de esa votación legislativa en la que el Senado negó la proposición del Gobierno para la realización de la consulta, el pronunciamiento de la togada en ningún momento hace una referencia explícita a que la votación deba realizarse de nuevo, primero, porque el fallo pretendía amparar el derecho a la información por parte de la senadora del Pacto Histórico, más no discutía sobre la legalidad o no de las votaciones.

 

¿Celebración anticipada?

Sin embargo, al conocer la noticia el presidente Gustavo Petro dijo: "un juez acaba de tutelar nuestro derecho a la consulta popular y determinó que hubo fraude en el Senado", una interpretación se aleja de la realidad pues como se anotó anteriormente, el fallo no entró a analizar de fondo la votación, sino el procedimiento y la ausencia de las certificaciones de la misma.

A pesar de su distancia con la realidad el mandatario continuó: "quien ha roto el Estado social de derecho es el propio presidente del Senado", en alusión directa a Efraín Cepeda, actual presidente de esa corporación, quien se refirió con esas mismas palabras al Presidente de la República.

Todo este antecedente es el que le permite al Presidente de la República sostener la tesis de que sí es válida su pretensión de promover por decreto la Consulta Popular: “Si el Congreso no toma una decisión válida dentro de los 30 días siguientes a la presentación de una consulta popular, quedo habilitado por la ley para convocarla”.

En su cuenta de X, la senadora Pizarro también se refirió sobre el fallo de tutela "la justicia se ha pronunciado y nos da la razón: el trámite de la consulta popular fue absolutamente irregular y arbitrario. El presidente del Congreso vulneró mis derechos fundamentales y los del pueblo colombiano, que es el soberano."

La parlamentaria agregó que "Efraín Cepeda violó la Constitución de Colombia y tiene 48 horas para resolver mi apelación; es decir, el debate de la consulta popular en el Congreso se tiene que reabrir. Efraín Cepeda, por hacer trampa, excedió los 30 días en los cuales debía pronunciarse el Congreso. La consulta se puede decretar. Ellos son los golpistas."

En ese mismo sentido se pronunció el ministro del Interior, Armando Benedetti: “Efraín Cepeda hizo trampa, y no lo digo yo, lo dice un juez de la República al fallar que los derechos de María José Pizarro fueron vulnerados al no abrirse la votación nuevamente después de solicitada la apelación. Ese es solo uno de los seis vicios que hay. ¿Y ahora qué van a hacer? ¿Abrir nuevamente la votación? Ya pasó el mes. Desde el segundo cero dijimos que hubo fraude, jugaditas, espurias y trampas."

 

El presidente del Senador responde

El Senador Efraín Cepeda, ante la andanada de señalamientos, fue enfático en afirmar que el fallo del juez de tutela fue producto de una muy conveniente omisión de información. En otras palabras, que el juez habría sido inducido al error, y la cual, en todo caso, no conducirá a unas nuevas votaciones

“Al parecer, los accionantes de la tutela pasaron por alto un detalle clave al informar al juez, pues la apelación interpuesta por la senadora María José Pizarro el 14 de mayo ya había sido respondida por el Senado de la República el 21 de mayo de 2025, lo que significa que la solicitud planteada por el juez ya estaba resuelta en su momento, y de haber compartido esa información, se habría evitado pedir lo que ya estaba hecho, ahorrándoles a ciertos funcionarios del gobierno ese entusiasmo desbordante que los llevó a producir videos, declaraciones y comunicados que, con toda seguridad, podrían haberse reservado para un asunto con mejores fundamentos”, indicó el senador conservador.

Una de las senadoras que con tono enérgico se pronunció al respecto fue María Fernanda Cabal, quien aseguró que toda la escenificación que han protagonizado el presidente de la República y sus ministro en las últimas horas son solo una excusa para justificar la firma del decreto de la consulta popular.

“¡Atención! Es absolutamente falso que una juez haya ordenado repetir la votación del Senado para la consulta de Petro. Solo pidió prueba de respuesta a una apelación de María José Pizarro que ya fue negada. ¡El gobierno usa esto para justificar un decretazo inconstitucional! Mienten Petro, Benedetti y María José”, aseguró la senadora del Centro Democrático.

 

¡Todo para firmar el decretazo!

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