Alcaldía de Bucaramanga tendrá que reintegrar funcionarios declarados insubsistentes la próxima semana
Resumen
El Juzgado Quinto Administrativo Oral frenó el cese de 16 funcionarios en Bucaramanga, ordenando su reintegro inmediato. Pese a esto, la Alcaldía alega falta de orden explícita, generando desacuerdo y constancias notariales de los afectados ante posibles acusaciones de abandono.
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El proceso judicial que frenó la declaratoria de insubsistencia de 16 funcionarios de libre nombramiento y remoción de la Alcaldía de Bucaramanga dio un nuevo giro este 21 de noviembre, luego de que el Juzgado Quinto Administrativo Oral negara la solicitud de aclaración del auto mediante el cual se decretó la medida cautelar que suspendió los actos administrativos de retiro.
Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE
Para la juez que preside el Juzgado Quinto Administrativo Oral el tema de su pronunciamiento inicial, y por el cual se solicitó una aclaración adicional, el tema es claro: no existe duda alguna sobre los efectos de la suspensión provisional de las órdenes de insubsistencia de los 16 funcionarios que, presuntamente, habrían sido retirados de manera irregular de la planta de trabajadores de la Alcaldía de Bucaramanga, y por lo tanto deberían ser reintegrados en el término de la distancia. Hoy mismo si es posible.
Pese a lo anterior, la administración municipal ha mantenido una postura que para los funcionarios retirados es beligerante y contra la ley pues según un vocero de la Alcaldía de Bucaramanga el fallo no emito una orden explícita de reintegro, y por tanto no está obligada a reincorporar a los funcionarios.
Precisamente, posturas como la anterior es la que ha llevado a los afectados a asegurar que el incumplimiento al fallo es evidente y en razón a esto acuden a diario a una notaría para dejar constancia a la presentación a los cargos.
No obstante, la decisión judicial del 21 de noviembre de parte de un punto central: la suspensión provisional ordenada el 14 de noviembre frena los efectos de los actos administrativos que declararon insubsistentes a los 16 funcionarios, y por lo tanto se entiende que dicha suspensión “interrumpe la producción de los efectos que no se hayan causado”.
La juez señala que no conoce la totalidad de los actos de nombramiento, modificaciones o encargos posteriores, por lo que es la administración quien debe determinar “la forma como ha de cumplirse la orden. “Conforme a los lineamientos del Consejo de Estado, si para cumplir la suspensión se requiere realizar reintegros, es la Alcaldía quien debe hacerlo, en el marco de su responsabilidad de ejecutar lo decidido”, indicó a EL FRENTE un abogado especialista en derecho administrativo quien aclaró que “no corresponde al juez dictar instrucciones administrativas detalladas sobre cómo cumplir una orden judicial cuya consecuencia jurídica es clara: si los actos quedan suspendidos, no pueden producir más efectos, incluyendo la sustitución definitiva de quienes ocupaban los cargos”.

“Dispuestos y disponibles”
La providencia queda así en firme para continuar su trámite de recursos y de la solicitud de desacato presentada por los demandantes.
La exsecretaria Administrativa, Ana María Vargas, indicó que “Nos presentamos esta mañana en la Alcaldía para acatar la decisión del Juzgado Quinto Administrativo, pero nos dijeron que no podían reintegrarnos. Dejamos constancia para que no se interprete como abandono del cargo”.
En un tono similar se pronunció el exdirector del Invisbu, César Cordero: “Estamos dispuestos y disponibles. Vinimos a dejar trazabilidad de que asistimos, como ordenó la juez, y que estamos listos para retomar nuestras funciones. No queremos que después se diga que hubo abandono”.
EN conjunto, los exfuncionarios sostienen que la Alcaldía está interpretando de forma restrictiva o incompleta el alcance del fallo, pese a que la suspensión de los actos de retiro según su lectura y la del despacho tiene efectos inmediatos.
La presentación masiva de constancias notariales por parte de 15 exfuncionarios buscó blindarlos ante eventuales señalamientos de abandono del cargo o falta de cumplimiento.
Estas constancias, además, podrían convertirse en elementos probatorios en el trámite de desacato que el propio juzgado anunció que estudiará una vez la providencia quede ejecutoriada.