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Internos rechazan traslado de patio en cárcel La Modelo

Internos rechazan traslado de patio en cárcel La Modelo

Resumen

Los internos del patio seis de la Cárcel Modelo de Bucaramanga exigen suspender traslados para obras sanitarias, igualdad de trato y el ingreso de materiales sin movilización. Critican la falta de notificación formal y la exhibición de una resolución. Solicitan la intervención de entes de control.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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by Danilo Pérez

Derecho de petición dirigido a la dirección del penal y entes de control

Los internos del patio seis de la Cárcel Modelo de Bucaramanga presentaron, en las últimas horas, un derecho de petición dirigido a la dirección del penal y a los entes de control.

En el documento exigen la suspensión inmediata de cualquier traslado ordenado para ejecutar obras en las baterías sanitarias de ese patio y el mismo está firmado por los 216 reclusos internados allí, quienes sostienen que los patios 2, 3 y 4 recibieron materiales -sanitarios, lavamanos, pintura, baldosa y cemento- y que las reparaciones se llevaron a cabo sin movilizar a la población privada de la libertad.

Los firmantes indican que el patio seis no recibió insumos ni notificación formal sobre la medida de traslado hacia otros patios anunciada por el director, Teniente Edinson Clavijo Suárez, quien, según la petición, invocó una resolución regional que no fue exhibida.

Dudas sobre resolución

Los solicitantes pidieron copia de la presunta resolución y reclamaron que el INPEC autorice el ingreso de materiales para ejecutar las adecuaciones sin traslado.

Solicitan presencia de Defensoría del Pueblo y la Procuraduría de Santander para verificar condiciones y evitar vulneraciones de derechos humanos.

En el documento se precisa la condición laboral de la mayoría de los internos, quienes prestan servicios en asadero, expendio, panadería, talleres, ordenanza y acopio, actividades que sostienen el funcionamiento del establecimiento.

Los firmantes demandaron igualdad de trato y respeto a la dignidad humana en las actuaciones administrativas. Las autoridades penitenciarias deben contestar por escrito el derecho de petición conforme al artículo 23 de la Constitución.

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por Danilo Pérez

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