Hasta el 30 de junio: plazo máximo para pagar la prima de servicios a trabajadores en Colombia recuerda MinTrabajo
Resumen
El Ministerio del Trabajo de Colombia establece el 30 de junio como fecha límite para que los empleadores paguen la prima de servicios del primer semestre a sus trabajadores formales. Este derecho es ineludible y su incumplimiento puede acarrear severas multas.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)El Ministerio del Trabajo recordó a los empleadores que tienen hasta el 30 de junio para cancelar la prima de servicios correspondiente al primer semestre del año, un derecho irrenunciable para los trabajadores formales en el país.
¿Quiénes tienen derecho y cuánto deben recibir?
- La prima equivale a un salario mensual por año trabajado, pagadero en dos cuotas:
- Primer pago: antes del 30 de junio.
- Segundo pago: antes del 20 de diciembre.
- Aplica para empleados con contrato laboral (públicos y privados), incluyendo trabajadores domésticos.
- No aplica para contratistas independientes ni por prestación de servicios.
¿Qué pasa si no pagan a tiempo?
- Multas de hasta 5.000 salarios mínimos (más de $7.117 millones en 2025).
- Indemnizaciones por días de retraso (según el Código Sustantivo del Trabajo).
- Los trabajadores pueden renunciar justificadamente y demandar indemnizaciones adicionales.
¿Cómo pueden reclamar los empleados?
- Intentar conciliación con el empleador.
- Denunciar ante inspectores de trabajo (aunque no pueden ordenar el pago).
- Demandar ante un juez laboral si persiste el incumplimiento.
- Asesoría gratuita en:
- Línea nacional: 01 8000 513 100.
- Celulares: Marcar 120.
- Defensoría del Pueblo, Personerías o consultorios jurídicos.