Canción "+57" vulneró derechos de los niños
Resumen
El Consejo de Estado pidió a reguetoneros evitar canciones que vulneren a menores tras la polémica de '+57', posteriormente modificada. Aunque desestimó la tutela, consideró que hubo derechos vulnerados en su primera versión.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
El Consejo de Estado solicitó a un grupo de famosos reguetoneros a que no difundan canciones que vulneren a los menores de edad, meses después de la polémica generada por una canción cuya letra fue cambiada tras ser señalada de sexualizar a mujeres menores de edad.
La canción “+57”, que hace referencia al código telefónico de Colombia, fue lanzada en noviembre del año pasado y es interpretada por Karol G, J Balvin, Maluma, Feid, Ryan Castro y Blessd.
En una primera versión, contenía la expresión “mamacita desde los ‘fourteen’ (14)”. Sin embargo, ante la polémica que surgió en el país, fue reemplazada por “mamacita desde los ‘eighteen’ (18)", edad en la que se alcanza la mayoría de edad en Colombia.
Ante las críticas y la controversia, la colombiana Karol G dijo en noviembre pasado que se sintió muy afectada por las críticas a la canción, que se “sacó de contexto” a su parecer. “Ninguna de las cosas dichas en la canción tienen la dirección que le han dado, ni se dijo desde esa perspectiva, pero escucho, me hago responsable y me doy cuenta de que todavía tengo mucho por aprender”, aseguró la artista desde Instagram.
Pese a que esa primera versión fue retirada, el Consejo de Estado resolvió esta semana pedir a los cantantes que “eviten difundir o publicar composiciones musicales que transgredan los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes”.
Ese pronunciamiento deriva de una petición de tutela interpuesta entonces por dos ciudadanos que consideraban que la canción vulneraba la dignidad humana, al trato digno, los derechos superiores de los menores y su libre desarrollo de la personalidad.
La decisión
Los interpelantes querían que los cantantes pidieran excusas públicas por los “daños causados” debido al contenido de la canción, que se retirara el contenido audiovisual de las plataformas digitales y que se comprometieran a generar “contenido que contribuya con los valores y los presupuestos fracturados”.
Si bien el Consejo de Estado desestimó la tutela, dado que la canción fue modificada y no hay una afectación actual en la nueva versión, consideró que fueron vulnerados los derechos de los menores durante el tiempo que la primera versión circuló en las plataformas digitales y redes sociales.
“Esta Sala considera que la difusión de una canción que sexualiza a los menores de edad constituye una grave vulneración de su derecho fundamental a la dignidad humana”, indicó el Consejo de Estado en su decisión.