Víctimas califican de “pírrica” la condena de la JEP contra la cúpula de las Farc
Resumen
La JEP emitió una sentencia restaurativa contra exjefes de las Farc por secuestros, homicidios y otros crímenes. Las víctimas critican la sanción de ocho años de trabajos restaurativos como insuficiente. La sentencia busca verdad y reparación, no impunidad.
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Aunque la decisión es considerada un hito judicial por ser la primera vez que los máximos jefes de la guerrilla reconocen crímenes de guerra y de lesa humanidad, un sector de las víctimas expresó su profundo disgusto: para ellos, la sanción de ocho años de trabajos restaurativos es apenas un castigo simbólico frente a la magnitud del daño causado.
Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE
En cumplimiento del Acuerdo Final de Paz, la JEP emitió su primera sentencia restaurativa contra siete exintegrantes del último Secretariado de las extintas Farc-EP por la política de secuestros que extendieron por todo el país y que dejó al menos 21.396 hechos victimizantes.
La Sección de Reconocimiento de Verdad del Tribunal de Paz declaró responsables a Rodrigo Londoño, Pablo Catatumbo, Pastor Alape, Milton de Jesús Toncel, Jaime Alberto Parra, Julián Gallo y Rodrigo Granda por crímenes de guerra como toma de rehenes y homicidios, así como de crímenes de lesa humanidad de privaciones graves de la libertad, asesinatos y desapariciones forzadas.
De igual manera, en calidad de autores por responsabilidad por mando fueron declarados responsables por los crímenes de guerra de tortura, tratos crueles, atentados contra la dignidad personal, violencia sexual y desplazamiento forzado; y por los crímenes de lesa humanidad de tortura, esclavitud y otros actos inhumanos, cometidos por las unidades bajo su mando.
Por estos hechos, el Tribunal de Paz les impuso ocho años de Sanción Propia, que deberán cumplir a través de proyectos restaurativos, incluidos aquellos de búsqueda de personas dadas por desaparecidas, actos de memoria y reparación simbólica, recuperación ambiental y desminado humanitario.
Se trata del tiempo máximo de sanción previsto en el Acuerdo Final de Paz para los comparecientes que reconozcan su responsabilidad y aporten verdad ante la JEP. Los máximos responsables contarán con las garantías necesarias para cumplir el componente restaurativo de la sanción en condiciones dignas y seguras, como sucede con cualquier procesado en la justicia colombiana. Sin embargo, no recibirán salario alguno por los Trabajos, Obras y Actividades con contenido Restaurador (TOAR) en los que participarán como parte de su sanción.
Con el cumplimiento de la Sanción Propia impuesta por la JEP se extinguen las penas y responsabilidades penales ordinarias de estos comparecientes por los mismos hechos. Pero la JEP es enfática: el incumplimiento de la Sanción Propia o del régimen de condicionalidad puede derivar en la pérdida de los beneficios otorgados por este tribunal transicional.
“Esto no es justicia”
Pese al valor histórico de la decisión, un amplio grupo de víctimas reaccionó con indignación. “¿De qué sirve que nos reconozcan el dolor si no hay cárcel? Ocho años de sembrar árboles o hacer actos simbólicos no reparan la tortura, las cadenas, las muertes de nuestros seres queridos”, expresó Clara Rodríguez, viuda de un ganadero secuestrado y asesinado en el sur del Cesar.
Otros familiares de víctimas coincidieron en calificar la sanción como pírrica e insultante, un recordatorio de que la justicia transicional sigue priorizando los compromisos del Acuerdo de Paz por encima del clamor de quienes padecieron directamente los secuestros.
“Los jefes de las Farc pasaron años ordenando crímenes desde la selva, mientras nuestros padres y hermanos morían encadenados. Hoy salen caminando, con brazaletes electrónicos y discursos de arrepentimiento. Es una burla para el país”, dijo Enrique Díaz, hijo de un comerciante retenido en una ‘pesca milagrosa’ en la Costa Caribe.
Las víctimas vs. la justicia restaurativa
La JEP defendió que la sanción no busca impunidad sino verdad y reparación real. Según el tribunal, nunca antes en Colombia ni en el mundo un grupo insurgente de este nivel había aceptado públicamente su responsabilidad por crímenes atroces y se había comprometido a trabajar en proyectos de beneficio directo para las comunidades afectadas.
El magistrado Camilo Suárez, ponente de la sentencia, aseguró que la decisión “no borra el sufrimiento, pero sí es un acto de reconocimiento”. Para la JEP, obligar a los excomandantes a encarar a las víctimas, pedir perdón y trabajar bajo supervisión internacional en tareas de reparación tiene un efecto transformador más fuerte que la cárcel.
Pero las víctimas disidentes no lo ven así. Ellas insisten en que, aunque se agradece la verdad revelada en las audiencias, la sanción es insuficiente frente al carácter sistemático de los crímenes. La política de secuestros de las Farc dejó al menos 21.396 hechos victimizantes documentados, con daños económicos, psicológicos y sociales que aún persisten.
El dilema de la justicia transicional
La controversia revive el debate sobre la justicia transicional: ¿hasta qué punto las sanciones restaurativas responden al dolor de las víctimas? Para algunos expertos, el fallo es un paso histórico hacia la reconciliación; para las víctimas inconformes, es un recordatorio de que la justicia plena aún les es esquiva.
El proceso de la JEP continuará con sentencias contra exmandos medios de bloques regionales de las Farc, lo que podría ampliar la documentación de patrones criminales y abrir nuevos espacios de reparación. Sin embargo, el disgusto expresado por parte de las víctimas muestra que la reconciliación sigue siendo una meta distante.
“Hoy sentimos que la justicia volvió a fallarnos. No nos devuelven a nuestros seres queridos, no nos reparan económicamente, y quienes nos hicieron tanto daño no pasarán un solo día en prisión. El país debe preguntarse si esto realmente es justicia”, concluyó con voz quebrada Marta Arango, hermana de un secuestrado que nunca regresó.
Así es el marco de sanciones restaurativas para los exjefes de las Farc condenados por la JEP
Para definir los proyectos de sanción, la magistratura tuvo en cuenta lo dispuesto en el Acuerdo Final de Paz y aplicó criterios que garanticen la coherencia y viabilidad de estas acciones restaurativas. Consideró, entre otros aspectos, la compatibilidad del ejercicio político derivada del Acuerdo, la edad promedio de los comparecientes (69 años), sus condiciones de salud física y mental, los proyectos de sanción que ellos mismos presentaron y, de manera central, las observaciones y propuestas de las víctimas. Con ello se estableció un marco que permite que las sanciones sean viables, sostenibles y se cumplan dentro del tiempo fijado por la sentencia.
1. Búsqueda de personas desaparecidas
Elaborar balances de información y coordinarse con la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD).
Recolectar y entregar datos, coordenadas y mapas temáticos.
Acompañar visitas de campo para prospección y recuperación de cuerpos.
Apoyar la capacitación y adecuación de sitios de custodia de cuerpos.
Participar en actos de reconocimiento, arrepentimiento y perdón con las familias.
Proyecto inicial: búsqueda e identificación en el Cementerio Central de Palmira (Valle del Cauca).
Realizar un circuito de actos restaurativos en lugares emblemáticos (ej. Cali, Neiva) para dignificar la memoria de las víctimas.
2. Acción Integral contra Minas Antipersonal (AICMA)
Sistematizar y actualizar información sobre zonas minadas.
Elaborar cartografía y priorizar áreas de intervención.
Participar en talleres comunitarios sobre prevención y riesgos.
Apoyar procesos de recuperación territorial afectados por minas instaladas durante el conflicto.
3. Medio ambiente, naturaleza y territorio
Preparación de terrenos, viveros y propagación de especies nativas.
Implementación de cultivos de pancoger en beneficio de víctimas.
Restauración de ecosistemas: plantación, mantenimiento y señalización de áreas afectadas.
Procesos pedagógicos en conservación ambiental y turismo de naturaleza.
Desarrollo de rutas ecoturísticas en zonas golpeadas por el conflicto.
4. Memoria y reparación simbólica
Transcripción de testimonios de víctimas y elaboración de artefactos de memoria.
Producción de contenidos audiovisuales, radiales y digitales, incluido un micrositio web reparador.
Organización de actos públicos de perdón.
Encuentros restaurativos entre víctimas, responsables y comunidades.
Sistematización y relatoría de todas las acciones realizadas.