La causa cierta del hacinamiento
Resumen
La mala interpretación de leyes penales por parte de los jueces contribuye al hacinamiento carcelario en Colombia, ya que omiten normativas como la prescripción de condenas, provocando decisiones que perpetúan injusticias y detenciones indebidas.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
Por: Hernando Mantilla Medina
Mala interpretación de la ley. El fin de semana pasado fuimos testigos fieles de una forma cierta de “interpretación de la Ley Penal” por parte de un Juez de la Republica.
El togado, aduciendo que el detenido “tenía una orden de captura vigente”, procedió a “legalizar su captura”, me refiero al tema mediático que se manejó este fin de semana de la captura del ex – capo Carlos Ledher.
Este señor tenía una condena expedida por un Juez de la República debidamente ejecutoriada desde el año 1999, o sea, a la fecha han pasado más de 25 años, la condena fue de 24 años.
Nuestra Ley Penal tiene una Norma que habla de “la prescripción de las condenas” y reza que las condenas prescriben al mismo tiempo de su monto, o sea, en este caso, la condena de este señor fue de 24 años, prescribió a los 24 años, en ese tiempo, ninguna autoridad judicial lo capturó y, por ende, la condena está prescrita.
Surge una pregunta debidamente obligada, ¿el Juez de Garantías que “legalizó su captura” no sabía eso, no conocía la Ley sobre la prescripción, no sabía que la condena estaba prescrita y, sin embargo, legalizó la captura?, la respuesta puede ser de dos formas, definitivamente este Juez desconoce las Leyes que maneja a diario o, “interpretó a su manera” que el señor Ledher debía ser detenido legalmente porque “para él, solo para él, así debía ser”. Y desafortunadamente, esa mala interpretación de las Leyes Penales, la vemos a diario.
Todos los días recibo mensajes y/o llamadas de familiares o de l@s mism@s intern@s, quienes me comentan que “aunque no existía la plena prueba, aunque los testigos se retractaron, aunque la Procuraduría pidió su absolución, el Juez, a su saber y entender, mejor dicho, a su forma de interpretar la Ley, decidió condenarlo”, o también recibo mensajes o llamadas en donde me dicen que el Juez le negó la Libertad Condicional porque “a su criterio, o sea, por su interpretación”, debería seguir pres@, aunque ya hubiera cumplido con todos los Tratamientos Penitenciarios, aunque ya esté incluso en Etapa de Mínima Seguridad, aunque esté saliendo al Permiso de 72 horas, el Juez consideró, a su buen saber y entender, o sea, de acuerdo a su interpretación, que debería seguir pres@, he visto casos en que a la persona condenada le faltan días para cumplir su pena totalmente, no para salir en Libertad Condicional y el Juez se la niega, “pura interpretación de la Ley”.
Y como digo en el título de mi Columna, esa mala interpretación de las Leyes Penales es una de las causas y una causa fuerte del porqué el Hacinamiento Carcelario en Colombia, por lo menos, no disminuya.
Las personas sindicadas pueden tener un buen Abogado, tener las pruebas que demuestran su inocencia, pero el Juez por su interpretación, decide condenarlo, dirá que queda la Apelación y la Casación, así mismo, las personas condenadas que han cumplido con todos los requisitos para acceder a su Libertad Condicional siguen en las cárceles, porque el Juez por su interpretación, así lo decidió.
Debería hacerse una revisión cierta de las decisiones Judiciales y actuar legalmente al respecto, esas malas interpretaciones siguen haciendo daño. Que los jueces apliquen las leyes, no sus propias interpretaciones. Voy Con Toda. Amén.